GUÍA PRÁCTICA Para la solicitud de subvenciones destinadas a la EJECUCIÓN de proyectos de educación y voluntariado ambiental
ÍNDICE
1.- Introducción.
2.- ¿A quiénes van dirigidas? Beneficiarios.
3.- Requisitos fundamentales se han de cumplir.
4.- Acciones subvencionables y temáticas prioritarias.
5.- Gastos NO subvencionables.
6.- Compatibilidad.
7.- Forma y plazo presentación de solicitudes.
8.- Documentación a presentar.
9.- Importe máximo subvención y características de la convocatoria.
10.- Criterios de valoración.
11.- Obligaciones de los beneficiarios.
12.- Plazo de ejecución y pago de la subvención.
13.- Justificación de la subvención.
14.- Publicidad.
15.- Características y condiciones de las actividades programadas.
18.- Para más información - Logotipos oficiales 1.- Introducción
La conservación de nuestro medio ambiente y la promoción de la sostenibilidad, constituyen actualmente un reto para el conjunto de la sociedad, lo cual, está motivando que la ciudadanía se implique cada vez más en la resolución de los problemas ambientales, así como en la participación para la toma de decisiones.
Dicha colaboración, es promovida fundamentalmente a través de asociaciones privadas sin ánimo de lucro que impulsan acciones de sensibilización y voluntariado ambiental, buscando la intervención y el compromiso de las personas en sus momentos de ocio y tiempo libre, de manera libre y altruista.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, es consciente de la necesidad de implementar un apoyo institucional a este tipo de entidades con el fin de promover una conciencia pública en materia de Medio Ambiente, que estimule la participación de todos en la conservación de la naturaleza y el uso sostenible de los recursos naturales.
Por ello, se realiza dicha convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de proyectos de educación y voluntariado ambiental, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
2.- ¿A quiénes van dirigidas? Beneficiarios:
A fundaciones y asociaciones privadas sin ánimo de lucro.
3.- Requisitos fundamentales se han de cumplir:
4.- Acciones subvencionables y temáticas prioritarias:
1.- Proyectos de sensibilización y capacitación. 2.- Proyectos de información y comunicación. 3.- Proyectos de participación y dinamización social.
Temáticas prioritarias:
5.- Gastos NO subvencionables:
- Los impuestos indirectos, entre ellos el I.V.A., cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
- Los gastos corrientes y de gestión, como: luz, agua, gas, teléfono fijo, conexión a internet o telefonía móvil.
- Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales, gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria.
- Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios).
- Realización o mantenimiento de páginas web, blogs o cualquier otro programa de redes sociales.
- Adquisición de material audiovisual e informático.
- Adquisición de cualquier material técnico específico cuando no sea estrictamente necesario para la realización de la actividad (en su caso, justificar). - Gastos de manutención, alojamiento o desplazamiento destinatarios acciones de divulgación y/o formación, salvo que éstas requieran la realización de salidas de campo, en cuyo caso, se subvencionará exclusivamente el desplazamiento en transporte colectivo.
6.- Compatibilidad:
Serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 7.- Forma y plazo presentación de solicitudes:
8.- Documentación a presentar:
La solicitud, deberá acompañarse de original o copia auténtica de la documentación que se expresa a continuación, en el caso de que la entidad interesada haga constar su oposición expresa a que el órgano gestor recabe de oficio el citado documento, cumplimentando el apartado 6 correspondiente del modelo de solicitud que figura como Anexo I:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad del representante.
b) Estatutos actualizados debidamente legalizados.
c) Certificados estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, tanto a nivel estatal como autonómico.
d) Acreditación de que la entidad solicitante no ha sido sancionada mediante resolución firme en los últimos 5 años por alguna infracción contra áreas protegidas, fauna y/o flora amenazada.
e) Certificado del registro administrativo correspondiente, emitido con fecha posterior a la de publicación de la convocatoria, indicando la fecha de inscripción de la entidad en el mismo.
f) Aquellas entidades no inscritas en los registros de la Junta Extremadura, deberán presentar documento que acredite se encuentran realizando una actividad económica en la región o certificado del registro correspondiente que demuestre disponen de alguna delegación en nuestra Comunidad Autónoma.
g) Memoria del proyecto, con el siguiente contenido:
h) Certificación emitida por la entidad solicitante, indicando su número de socios o miembros con fecha posterior a la de publicación de la presente convocatoria. i) Certificado/s de buena ejecución de proyectos y/o actividades de educación y voluntariado ambiental, expedidos por la administración y/o empresa pública correspondiente, durante los dos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria (los certificados deberán indicar título y finalidad de cada proyecto y/o actividad, fecha de ejecución y número de horas). j) Cartas de apoyo de diferentes organismos y/o entidades, justificando la necesidad de la realización del proyecto presentado por la entidad interesada y manifestando la puesta a disposición del mismo de sus medios materiales y/o humanos. k) Certificado de estar inscrita como Entidad de Voluntariado Ambiental en la Red Extremeña de Voluntariado, emitido por la Dirección General de Sostenibilidad.
9.- Importe máximo subvención y características de la convocatoria:
10.- Criterios de valoración:El resultado de la valoración de cada solicitud, se calculará sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de los criterios aplicables que corresponda.
A. Características de la entidad solicitante (hasta un máximo de 6 puntos).
A.1. Número de socios/miembros (hasta 1 punto):
A.2. Experiencia acreditada en el desarrollo de proyectos y/o actividades de educación y/o voluntariado ambiental, mediante relación de servicios o trabajos realizados en los dos últimos años, avalados por certificados de buena ejecución expedidos por la Administración y/o empresa pública correspondiente (hasta 2 puntos):
A.3. Antigüedad de la entidad (que esté constituida al menos con dos años de antelación a la fecha finalización del plazo de presentación de solicitudes) (hasta 1 punto):
A.4. Estar inscrita como Entidad de Voluntariado en la Red Extremeña de Voluntariado Ambiental, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria anual de la subvención: 0,5 puntos.
A.5. Estar constituida como Asociación de Padres y Madres de Alumnos (AMPAS) de centros docentes, pertenecientes a la Red Extremeña de Ecocentros: 0,5 puntos.
A.6. Se valorará que tenga expresamente recogido entre sus fines estatutarios, actuaciones en materia de educación y/o voluntariado ambiental: 1 punto.
B. Características de la actividad proyectada (hasta un máximo de 16 puntos).
B.1. Ámbito territorial de las actuaciones, especificando localidad/es donde éstas tienen lugar (hasta 2 puntos):
B.2. En municipios con menos de 1.000 habitantes, según los datos actualizados del Padrón Municipal disponible en el Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es): 1 punto.
B.3. Destinatarios, en función de los grupos/colectivos a los que van destinadas las acciones propuestas (hasta 3 puntos):
(En este sentido, ostentarán la consideración de colectivo vulnerable y/o en situación de exclusión social, aquellos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción).
B.4. La actividad se realiza en los espacios integrantes de la Red Natura 2000, divulgando sus valores, biodiversidad y beneficios para la población: 2 puntos. »»» MAPA RED NATURA 2000
B.5. Si en el desarrollo del proyecto intervienen voluntarios, se valorará de la siguiente forma (hasta un máximo de 4 puntos):
B.6. Volumen de creación de empleo (hasta un máximo de 4 puntos):
C. Criterios específicos para la valoración del proyecto (hasta 15 puntos).
C.1. Justificación del proyecto (hasta 2 puntos):
C.2. Objetivos generales y específicos (hasta 2 puntos):
C.3. Grado de interés e innovación: se valorará la puesta en marcha de acciones que estén acordes con las líneas de actuación de la administración regional y que fomenten la identidad de Extremadura como región: 3 puntos.
C.4. Metodología de trabajo (hasta 2 puntos):
C.5. Viabilidad técnica y económica del proyecto (hasta 3 puntos):
Infraestructuras disponibles: 0,5 puntos. Material óptico e informático: 0,5 puntos. Material inventariable y fungible: 0,5 puntos.
Existencia de un coordinador, con titulación universitaria relacionada con la temática del proyecto a desarrollar:
Equipo multidisciplinar, formado por al menos dos técnicos con titulación y/o formación relacionada con la temática
C.6. Métodos de evaluación de resultados: se valorará la implantación de un sistema de control y evaluación, mediante el establecimiento de indicadores, que permita medir el grado de cumplimiento de los objetivos (hasta 3 puntos):
11.- Obligaciones de los beneficiarios:
12.- Plazo de ejecución y pago de la subvención:
a) El plazo de ejecución y justificación de las subvenciones concedidas no podrá superar el 1 de noviembre de 2021.
b) Cuando la entidad beneficiaria compruebe la existencia de circunstancias sobrevenidas que impidieran la ejecución de las actuaciones previstas en el plazo señalado, podrá dirigir al órgano gestor una solicitud de prórroga, que:
c) En cualquier caso, la suma del periodo de realización de las actuaciones subvencionadas y la eventual prórroga, no podrán superar el 1 de noviembre de 2021.
d) El pago de la subvención, se efectuará previa justificación del gasto realizado. Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar, entre otros documentos, la correspondiente solicitud de pago prevista en el Anexo II, así como los documentos justificativos necesarios para acreditar el importe especificado en dicha solicitud. »»» Anexo II Modelo justificación actuaciones ejecutadas y solicitud de pago.
e) Aquellos beneficiarios que no estén dados de alta en el sistema, o bien, que deseen que se les realicen los pagos por otra cuenta que no esté dada de alta o activa, deberán aportar en el plazo de 10 días, el correspondiente documento (original y sellado por la entidad bancaria) de Alta de Terceros.
13.- Justificación de la subvención:
Se realizará con la presentación de los siguientes documentos:
A.1. Descripción de las actuaciones ejecutadas en la correspondiente anualidad, en su caso, con cargo a la ayuda concedida.
A.2. Justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.
A.3. En su caso, reportaje fotográfico y/o planos con la localización de las mismas.
A.4. Documentación gráfica acreditativa de la correcta publicidad en cuanto a la procedencia y financiación de las actividades.
A.5. Relación del personal que desarrolla el proyecto, especificando su competencia profesional y tiempo dedicación al mismo, así como de los asistentes a cada una de las actividades realizadas (con NIF y firma de cada uno de ellos).
B.1. A nombre de la entidad beneficiaria de la subvención.
B.2. Con descripción clara y detallada de las obras, bienes o servicios (indicando las mediciones o unidades y precios unitarios).
B.3. Con el IVA desglosado o, en su defecto, indicación expresa de que la operación está exenta.
B.4. Por el importe total de la actividad, aunque la cuantía de la subvención sea inferior.
B.5. Con fecha comprendida en el plazo de ejecución de la actividad.
B.6. No serán válidos los tickets de compra (facturas simplificadas), facturas proforma y albaranes como justificantes de gasto.
B.7. Los gastos de desplazamientos, se justificarán detallando el tipo de transporte, fecha del mismo, trayecto y kilometraje realizado.
C.1. La entidad beneficiaria de la subvención deberá figurar como ordenante.
C.2. La entidad o persona que emite la factura, deberá figurar como beneficiaria del pago.
C.3. El concepto deberá hacer referencia al número de factura o al servicio que se abona.
C.4. La fecha en que se realice el pago, deberá estar comprendida en el plazo de justificación.
C.5. En el caso de pagos mediante remesas de transferencias, se incluirá el documento bancario justificante del pago por el total de la transferencia, junto con la relación completa de las facturas o nóminas incluidas en la remesa, en la que se detallen de manera individualizada los beneficiarios, los importes y los conceptos.
C.6. Para pagos con tarjeta, se deberá acreditar que está asociada a un número de cuenta cuyo titular sea la entidad beneficiaria, así como aportar tanto copia del recibo (ticket) como un extracto bancario de los movimientos correspondientes a esa tarjeta donde aparezca la fecha de cargo.
C.7. Pagos mediante cheque, se deberá aportar copia del cheque emitido a nombre del proveedor (no se admiten cheques al portador) y extracto bancario donde aparezca la fecha de cargo que acredite que el destinatario lo ha hecho efectivo.
C.8. En el caso de aportar copias de documentos resultado de una transacción electrónica, éstos deberán estar sellados por la entidad bancaria.
D.1. Contrato visado por la Oficina de Empleo o acompañado de la correspondiente comunicación al Servicio de Empleo pertinente. En el contrato, se deberá especificar que la contratación se realiza para desarrollar el proyecto subvencionado o, en su defecto, aportar un anexo al contrato firmado por la entidad contratante y el trabajador, en el que se consigne que dicho contrato queda vinculado al desarrollo del proyecto subvencionado durante el periodo que se determine y en el que conste el sello de presentación en la oficina de empleo.
D.3. Acreditación/es bancarias de pago al interesado.
D.4. Justificantes de pago a la Seguridad Social (Relación Nominal de Trabajadores -TC2, Recibo de Liquidación de Cotizaciones y acreditación bancaria de este pago).
D.5. Justificantes del ingreso en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda de las cantidades retenidas correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Modelo 111 y acreditación bancaria de su pago).
14.- Publicidad:
a) La entidad beneficiaria, deberá hacer constar la procedencia y financiación de la actividad subvencionada, cualquiera que sea su importe, durante la ejecución de la misma. Para ello, serán de aplicación las normas de identificación gráfica de la Junta de Extremadura y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER, Europa invierte en las zonas rurales).
b) En el caso de iniciativas que superen o igualen los 6.000 euros y que sean perdurables en el tiempo, se deberá colocar una placa o cartel con los logotipos oficiales de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en el Anexo III, se puede consultar un ejemplo de placa a instalar). »»» Modelo de cartel
c) Para las ayudas otorgadas a iniciativas consistentes en la realización de publicaciones o materiales, la publicidad se realizará en los impresos editados al efecto y en las acciones de divulgación.
d) Para los casos de publicación en medios de comunicación, así como la realización de notas de prensa, será igualmente obligatorio hacer constar la procedencia de la financiación.
15.- Características y condiciones de las actividades programadas:
Como consecuencia de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional declarada por la O.M.S. y ocasionada por la enfermedad Covid-19, se deberán adoptar todas las normas higiénico-sanitarias necesarias para minimizar al máximo los riesgos de contagio para trabajadores y usuarios, en base a la legislación vigente, directrices y recomendaciones aprobadas por las administraciones competentes a nivel regional y/o nacional, aconsejándose para ello la programación de actividades no presenciales, en espacios abiertos y/o en contacto con la naturaleza, limitación de aforos y medidas de protección.
a) En el caso de la edición de materiales didáctico-divulgativos, se habrán de enviar, con al menos 15 días de antelación, los borradores para que éstos sean aprobados por el órgano gestor respecto a contenidos, formato, diseño e imagen corporativa.
b) Las publicaciones (libros, guías, cuadernos, folletos, etc.), o cualquier otro material subvencionado por la presente convocatoria, no podrán ser objeto de comercialización, debiéndose recoger esta condición en todo el material editado. c) Se deberá poner a disposición de la Dirección General de Sostenibilidad, Servicio de Conservación de la Naturaleza, una muestra de todos los trabajos realizados en formato papel y/o digital: estudios y publicaciones, materiales didáctico-divulgativos, audiovisuales, etc.
Decreto 87/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras.
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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