En las siguientes áreas podrá acceder y conocer las principales prohibiciones, infracciones, sanciones y legislación relativa a las especies exóticas invasoras a nivel autonómico, estatal y europeo.
PRINCIPALES PROHIBICIONES
PARA TODAS LAS ESPECIES INCLUIDAS EN EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS
- Queda prohibida su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos, de sus restos o propágulos, que pudieran sobrevivir o reproducirse, incluyendo el comercio exterior.
- Queda prohibida la introducción en el medio natural en el ámbito del territorio nacional.
- Queda prohibido la devolución de los ejemplares de las especies animales y vegetales incluidas en el catálogo que sean extraídos de la naturaleza por cualquier procedimiento.
- Quedan prohibidas cualquier actuación o comportamiento destinados al fomento de las especies incluidas en el catálogo.
PARA ESPECIES PISCÍCOLAS INCLUIDAS EN EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS PESCA
- Queda prohibida la devolución a las aguas de procedencia, la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos de especies piscícolas incluidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras (RD 630/2013), así como de sus propágulos o restos que pudieran sobrevivir o reproducirse.
- Queda prohibida la utilización como cebo vivo o muerto de cualquier ejemplar de dichas especies o de sus partes y derivados.
- Queda prohibida la difusión de prácticas o eventos que directamente promuevan o inciten al incumplimiento de lo establecido
INFRACCIONES
A nivel nacional la introducción de especies exóticas invasoras es un delito que viene recogido en la Lay 42/2017, de 13 de diciembre y en el artículo 333 de Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal:
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en su artículo 80 considera como INFRACCIÓN GRAVE o MUY GRAVE la introducción, mantenimiento, cría, transporte, comercialización, utilización, intercambio, reproducción, cultivo o liberación en el medio natural de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión sin permiso o autorización administrativa, sancionadas con multas que van desde los 3.001 hasta los 2.000.000 de euros y como INFRACCIÓN LEVE la importación no autorizada de especies alóctonas y la suelta, introducción o liberación no autorizadas en el medio natural de especies autóctonas o alóctonas, o de animales domésticos, sancionadas con multas que van desde los 100 a los 3.000 euros.
- La Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal establece una PENA DE PRISIÓN DE CUATRO MESES A DOS AÑOS o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años a aquel que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las Leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna.
- A nivel autonómico, además de la legislación nacional también se recoge este tipo de infracción en la legislación autonómica:
LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
LEGISLACIÓN NACIONAL
- Orden TED/1126/2020, de 20 de noviembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, y el Anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
- El Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras es el principal documento regulador para la protección del medio natural y la biodiversidad en España frente a las especies exóticas invasoras. Además de esta legislación encontrará otros documentos relacionados con la legislación en materia de especies exóticas invasoras en España.
- Real Decreto 570/2020, de 16 de junio, por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española.
LEGISLACIÓN EUROPEA
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