ObjetivosLos trabajos de estos viveros están encaminados a obtener los objetivos que se relaciona a continuación:
Destinos de las plantas
Pudiéndose por razones económicas, culturales, sociales o benéficas, y según la disponibilidad de plantas en cada campaña, no exigirse el precio público o aplicarse una reducción en algunos casos. Las condiciones que se deben cumplir para poder adquirir estas plantas de los viveros de la Junta de Extremadura, se encuentran recogidas en el DECRETO 148/2004, de 28 de septiembre, de determinación de Precios Públicos de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, correspondientes a las entregas de bienes y venta de plantas destinadas a la repoblación, restauración forestal y ornamentación. (DOE nº 117, de 7 de octubre de 2004). Los precios se actualizan todos los años, página 253, de la RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2019, de la Vicepresidenta y Consejera,por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019. (DOE nº 19 de 29 de enero de 2019). |