Actividades de valorización de residuos de construcción y demolición en la obra en que se han producido
Con carácter general, para ejercer las actividades de valorización de residuos de construcción y demolición (RCD) en la Comunidad Autónoma de Extremadura se requiere la obtención de la preceptiva autorización ambiental integrada o unificada conforme a la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante, los poseedores que se ocupen de la valorización de los residuos no peligrosos de construcción y demolición en la misma obra en que se han producido, pueden quedar exentos de la obtención de las citadas autorizaciones, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- Para dicha actividad de valorización en obra, deberán tratarse los residuos y separarse adecuadamente en el mismo recinto o traza de la obra, de tal forma que solo se podrán utilizar en obras de relleno, acondicionamiento o restauración, residuos de las categorías III y IV.
- La fracción resto procedente de dicho tratamiento y otro tipo de residuos, no valorizados en la propia obra, deberá depositarse en las instalaciones autorizadas para la gestión de residuos de construcción y demolición.
- Para proceder a realizar dichas actividades, se enviará por parte del productor, coincidiendo con la solicitud de licencia, previamente a la firma del acta de replanteo de las obras, a la Entidad Local ante la que se constituya la fianza, para su registro en dicha entidad, ficha identificativa de obras y certificado de la Dirección Facultativa, en el que se aprueba el Plan de gestión de residuos de construcción y demolición, que debe referirse a dicha actividad de valorización; posteriormente y antes de la firma del acta de recepción de las obras, y con el fin de cerrar el registro del correspondiente expediente, se remitirá certificado de la Dirección Facultativa, del cumplimiento de dicho Plan.
- Notificar la actividad de valorización a la Consejería con competencias en medio ambiente, para su registro administrativo. Esta notificación se realizará antes del inicio de la operación.
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