DOCUMENTO AMBIENTALDocumento técnico que debe presentar el promotor de un proyecto o actividad pública o privada incluido en el Anexo II-B cuyo contenido mínimo se recoge en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, así como en el artículo 41 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los proyectos o actividades incluidos en el Anexo III. De forma general, el documento ambiental deberá incluir, al menos, la siguiente información:
El documento ambiental debe venir fechado y firmado. No es necesario que esté visado. |