26 :: Diciembre :: 2024



  • Áreas Protegidas de Extremadura
  • Educación Ambiental en Extremadura
  • Ayudas Forestales
  • Prevención y Extinción de Incendios Forestales
  • Radiología Ambiental en Extremadura
  • Ordenación y Gestión Forestal
  • Residuos
  • Evaluación Ambiental de Planes y Programas
  • Sección de Caza
  • Sección de Pesca

Qué es una instalación radiactiva

Según el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, son instalaciones radiactivas:

-Las instalaciones de cualquier clase que contengan una fuente de radiación ionizante, excepto aquellas clasificadas como instalaciones nucleares.

-Los aparatos productores de radiaciones ionizantes que funcionen a una diferencia de potencial superior a 5 kilovoltios.

-Los locales, laboratorios, fábricas e instalaciones donde se produzcan, utilicen, posean, traten, manipulen o almacenen
materiales radiactivos, excepto el almacenamiento incidental durante su transporte.

Categorías

Instalaciones radiactivas de primera categoría.

Se consideran instalaciones radiactivas de primera categoría:

-Las fábricas de producción de uranio, torio y sus compuestos. (Instalaciones incluidas dentro del ciclo del combustible nuclear)

-Las fábricas de producción de elementos combustibles de uranio natural. (Instalaciones incluidas dentro del ciclo del combustible nuclear)

-Las instalaciones que utilicen fuentes radiactivas con fines de irradiación industrial.

-Las instalaciones complejas en las que se manejan inventarios muy elevados de sustancias radiactivas o se produzcan
haces de radiación de muy elevada fluencia de energía de forma que el potencial impacto radiológico de la instalación sea
significativo.


Instalaciones radiactivas de segunda categoría.

Se consideran instalaciones radiactivas de segunda categoría, siempre que no proceda su clasificación como de primera categoría:

-Las instalaciones donde se manipulen o almacenen nucleidos radiactivos que puedan utilizarse con fines científicos,
médicos, agrícolas, comerciales o industriales, cuya actividad total sea igual o superior a mil veces los valores de exención que se establecen en la Instrucción IS-05 del Consejo de Seguridad Nuclear.

-Las instalaciones que utilicen aparatos generadores de rayos X que puedan funcionar con una tensión de pico superior a
200 kilovoltios.

-Los aceleradores de partículas y las instalaciones donde se almacenen fuentes de neutrones.

Instalaciones radiactivas de tercera categoría.

Se consideran instalaciones radiactivas de tercera categoría:

-Las instalaciones donde se manipulan o almacenen nucleidos radiactivos cuya actividad total sea superior a los valores de
exención
establecidos en la  IS-05 del Consejo de Seguridad Nuclear e inferior a mil veces los mismos.

-Las instalaciones que utilicen aparatos generadores de rayos X cuya tensión de pico sea inferior a 200 kilovoltios.
 

  Consejerías  

Inicio
Mapa web
Buzón
Enlaces de interés
Aviso legal

Administración Pública.
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
Transición Ecológica y Sostenibilidad
Economía y Hacienda.
Educación y Cultura.
Empleo, Empresa e Innovación.
Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
Salud y Política Social.
Extremambiente