[Noticia 28/9/2012] El Consejo de Gobierno autoriza 3 parques eólicos cuyo rechazo en 2008 fue anulado por sentencias del Tribunal Superior de Justicia |
Se trata de tres proyectos presentados en su día por la empresa Instituto de Energías Renovables, ubicados en Montánchez(dos de ellos) y Robledillo de Trujillo, que suman una potencia total de 104 Mw El consejo de Gobierno ha aprobado hoy la autorización de tres parques eólicos cuyo rechazo por el anterior Ejecutivo en 2008 fue anulado por sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Se trata de tres proyectos presentados en su día por la empresa Instituto de Energías Renovables, ubicados en Montánchez (dos de ellos) y Robledillo de Trujillo, que suman una potencia total de 104 Mw. La autorización de estas plantas eólicas fue denegada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el 29 de agosto de 2008, una decisión que se fundamentó en declaraciones de impacto ambiental desfavorables. Tras los correspondientes recursos de la empresa, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado tres sentencias en las que anula las resoluciones de la Junta y reconoce el derecho de la empresa a que se le concedan las autorizaciones denegadas en su día. La causa, que esas declaraciones de impacto ambiental no estaban, entiende el juzgado, suficientemente justificadas. Se trata de los parques “Montánchez I”, ubicado en el término municipal de Montánchez, formado por 22 aerogeneradores de 2 Mw de potencia cada uno, con una potencia total de 44 Mw; “Montanchez II”, ubicado en la misma localidad, formado por 10 aerogeneradores de 2 Mw de potencia cada uno, con una potencia total de 20 Mw; y “Alijares”, en Robledillo de Trujillo, con 20 aerogeneradores de 2 Mw de potencia cada uno, con una potencia total de 40 Mw. Las tres autorizaciones se otorgan con efectos a fecha de 29 de agosto de 2008, dado que concurren los requisitos para otorgar la eficacia retroactiva. En ningún caso la concesión de esta autorización presupone el sentido positivo o favorable de los expedientes administrativos que el promotor deberá iniciar, según los procedimientos ordinarios previstos en cada caso, para la ejecución y funcionamiento de cada industria y/o empresa. |
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